La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) en Michoacán, hace un llamado a todas las autoridades estatales y municipales, a adoptar las medidas que sean necesarias, a fin garantizar el derecho a la información a las personas con discapacidad y a las personas de los pueblos originarios; así como a todo grupo social en condición de vulnerabilidad.
Lo anterior implica proveer de información en los formatos adecuados a su condición, en forma oportuna y accesible, para el disfrute de sus derechos, bienes y servicios, sin obstáculos o barreras de comunicación que les permita acceder a ellos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, son instrumentos que reconocen los derechos fundamentales de toda persona, sin discriminación; y, bajo los estándares mínimos para la dignidad y bienestar.
La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece los criterios a seguir para el diseño y distribución de información en formatos accesibles (folletos, trípticos, carteles, audiolibros y otros materiales de divulgación), que promuevan y fomenten el ejercicio de los derechos humanos y que permitan la inclusión de las personas en situación de vulnerabilidad.
Esta CEDH señala la urgente necesidad de transitar a una sociedad inclusiva, en donde no existan barreras, ni obstáculos en la comunicación, por la condición de discapacidad o por el lenguaje.
Por lo anterior, este organismo exhorta a todas las autoridades a que toda acción este acompañada de los formatos necesarios y accesibles que garanticen a todo grupo en situación de vulnerabilidad, el derecho a la información y a su participación en la toma de decisiones en la vida democrática del estado, sin ningún tipo de restricciones.
UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL